sábado, 11 de marzo de 2017

Lo que usted debe saber sobre la nueva orden ejecutiva del Presidente Trump sobre la revisión de la prohibición de los musulmanes y refugiados



New York- Hemos recibido la última orden ejecutiva del presidente Trump dirigida a los musulmanes y los refugiados de cual fue presentada el 6 de marzo 2017. Nos sentimos horrorizado por este renovado intento de atacar nuestros valores americanos, dirigidos a individuos basados en la raza, la religión y el origen nacional.


Aunque esta orden no es sorprendente, un análisis más completo llevará tiempo. Estamos ofreciendo una orientación preliminar sobre las implicaciones de esta orden ejecutiva dijo la directora ejecutiva de la Coalición del Norte de Manhattan por los Derechos de los Inmigrantes.
Lo que necesita saber: 
Esta orden no afecta directamente a los ciudadanos de los Estados Unidos, residentes permanentes legales (titulares de tarjetas verdes); individuos con visados actualmente válidos, independientemente de que estén en el país o no; los de doble nacionalidad que viajan con cualquier pasaporte distinto de uno de los seis países que se enumeran a continuación, y los refugiados y los que se han concedido asilo o antes de la fecha de esta orden. También se excluye personas que están bajo la protección de la convención contra la tortura.

Esta orden si afecta a las personas del Sudán, Siria, irán, Libia, Somalia y Yemen que estén solicitando o renovando su condición de inmigración dentro de los próximos 90 días (eso incluye peticionar o renovar su residencia legal, visas de estudiante, visas de trabajo). El Iraq no está incluido en esta orden. El programa de refugiado va parar de inmediato para los próximos 120 días. Esto significa que cualquier persona, en cualquier parte del proceso, no va a avanzar. 

También esta orden le da a DHS la habilidad de ampliar la lista de entrada restringida a más países. El Departamento de Seguridad de Interior (DHS) llevará a cabo una revisión de "país por país" en la que se podrá incluir más países a esta lista de entrada restringida. 
Lo que debe hacer para protegerse: 

Los que no son ciudadanos de los Estados Unidos, incluso los titulares de tarjetas verdes (residentes permanentes legales) de uno de los seis países que se han nombrado, deben consultar con un abogado de inmigración o con una organización que aboga por los derechos de los inmigrantes antes de viajar o salir del país.




Por la Abogada de Inmigración y Derecho Civiles Ángela Fernández 

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