sábado, 6 de enero de 2018

Salvaguardar la propiedad de los Roselló es una obligación judicial.







Por Olga Capellán.-

Se hace una necesidad de que el sistema judicial dominicano salvaguarde la propiedad de la familia Roselló Blaya de Constanza,  ante la situación que están atravesando, luego que personas interesadas tratan de despojar a esa meritoria familia de sus propiedades  tras, más de 60 años, y siendo pionero en la introducción de una gran variedad de hortalizas y  de frutas exóticas que se producen en el país.
Don José Pascual (Pepe) Roselló llegó al país a mediado de los años 50 desde España junto a un grupo de agricultores que vino a la República Dominicana con la finalidad de dedicarse al cultivo, todos fueron asentados en distintas partes del país, siendo Constanza la zona principal.
Aunque llegaron en la época de la dictadura trujillista, esto no tuvo nada que ver con su condición de inmigrante, porque simplemente llegaron a trabajar é hicieron del pueblo de Constanza su morada, trayendo al país una variedad de árboles frutales (33 en su totalidad) nunca ante habiendo existido en la República Dominicana, Este cultivo es de suma importancia para la alimentación diaria, y gracias a Don Pepe Roselló, hoy el país goza de estos frutos alimenticios, nutritivos y necesario para la salud ciudadana.
Estos árboles frutales que fueron traídos al país, después del descubrimiento donde se habían introducidos pocas variedades a la isla en materia de la horticultura de otros países, y gracias a la labor tesonera, la integridad como seres humanos y de bien de esta gran familia,  la República Dominicana hoy por hoy goza de estos productos alimenticios, entre ellos: manzanas, uvas verdes, kiwis, ciruelas, melocotón, fresas, nueces, alcachofas, y otras variedades agrícolas, que solo son usuales en países de climas templados.
Don Pepe Roselló hizo de Constanza un territorio capaz de generar gran parte de la horticultura que se consume en todo el país:
Su finca modelo productiva a más de 1,500 metros sobre el nivel del mar, específicamente en el Valle de Constanza donde se asentó desde su llegada al país en el año 1955 desde España.
Tanto así, que a pesar de que Don Pepe Roselló desapareció físicamente, pero el país conserva su herencia agro-productiva, quien enseñó a los dominicanos a consumir hortalizas, traída de diversas partes del mundo para ser cultivadas en el país.
Esta breve historia sobre la llegada de la familia Roselló Blaya al Valle de Constanza donde se estableció para trabajar y enseñar a cultivar la tierra, hoy a más de un año de su fallecimiento, Don José Pascual Roselló, dejó un gran legado a la República Dominicana, razón por la cual se hace de sumo interés y casi una obligación que el Estado dominicano a través de la justicia se preserve su legado, su tesonera labor y su patrimonio, en señal de agradecimiento a sus méritos.
Veamos un poco de historia
De acuerdo a lo informado por los herederos de la familia Roselló Blaya, el problema se generó por un pequeño préstamo que había solicitado a un acreedor, firmando el documento contestario, pero que el monto del dinero nunca se hizo efectivo, razón por la cual dicha familia alega haber sido estafada.
Propiedades de la familia de la cual pretenden despojar
El Estado Dominicano cedió a la familia Roselló Blaya, a través del Instituto Agrario Dominicano (IAD) tres porciones de terrenos, basado en la Ley 339 de fecha 22 de Agosto de 1968 y la Ley 472 de 1964 que establece que dicho inmueble se consideraban constituidos en Bien  de la familia Roselló Blaya de pleno derecho, conforme a la Ley 1024 del 24 de Octubre de 1928, que instituye el régimen de Bien de Familia para los inmuebles, modificada por la Ley 5610 del 25 de Agosto de 1961.
Señalan además que nunca se levanto el status de Bien de Familia por sentencia de la Jurisdicción Civil, que es la única manera contemplada en la Ley de que dicho status se pierda, según atestiguan Jurisprudencias Dominicanas constantes de más de 50 años; y conforme  a dicho status de Bien de Familia, estos bienes no están en el mercado y son inenajenables, inembargables é inhimpotecables.
Además dichas leyes de orden público, la protección del bien de Familia está constitucionalizada como derecho fundamental en el Artículo 55.2 de la Carta Magna Dominicana y lo consagra como inalienable é imbargable.
De acuerdo a lo expuesto por la familia Roselló, esto se encuentran en una litis y la sentencia  108/2012 del Tribunal Superior Administrativo del 30 de Noviembre del 2012, ordenó suspender el acto No.1325/2012 de fecha 16 de Julio del 2017 a requerimiento del Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, Lic. Fernando Quezada García, pero una nueva vista tendrá lugar el próximo día 17 del corriente mes.
Dada esta situación y el legado dejado por el señor José Pascual Roselló, en esta isla, quien recibió también numerosos reconocimientos tanto del gobierno de España, así como del dominicano, al merito por su labor y  pionero en introducir esta gama agrícola y sus aportes técnicos y científicos para la modernización agrícola del Valle de Constanza y para todo el país, se hace necesario que la justicia dominicana pondere este caso a favor de dicha familia.

Por último: el contenido de este trabajo periodístico es exclusivo de la familia, donde se recogen las opiniones de los herederos Roselló Blaya.

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