martes, 1 de mayo de 2018

Comité de Expertos de la ONU presentará propuesta de Ventura Camejo a la Secretaría General


El ministro de Administración Pública de República Dominicana propuso la creación de un Premio Anual de Naciones Unidas para los gobiernos de países que presentan los mayores avances en el cumplimiento de los ODS

SANTO DOMINGO. El Comité de Expertos en Administración Pública del Consejo Económico y Social  (ECOSOC) de la Organización de Naciones Unidas presentará ante la Secretaría General de ese organismo internacional la propuesta introducida por el licenciado Ramón Ventura Camejo ante esa instancia para la creación de un Premio Anual de la ONU que reconozca a los gobiernos de los países que presenten los mayores avances en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

"Ese es un elemento novedoso surgido de nuestra participación en la décimo séptima sesión del Comité de Expertos en Administración Pública del ECOSOC de la ONU, donde recordamos el honor que fue conferido a nuestro país, en el año 2012, cuando el Programa de Medicamentos Esenciales/Central de Apoyo Logística (PROMESE/CAL) resultó acreedor del primer premio al Servicio  Público, que otorga cada año la ONU", expresó Ventura Camejo.

Al respecto, el funcionario explicó que dada la importancia del cumplimiento de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que "brindan la oportunidad a los gobiernos de cambiar la cultura de la Administración Pública para superar el actual paradigma, que ya está agotado, humildemente propusimos que se pudiera establecer un premio, también por regiones, a los Estados que más han avanzado en esta dirección".

La reunión del Comité de Expertos de Administración Pública del ECOSOC, que se celebró en la sede de la Organización de Naciones Unidas, estuvo enfocada en el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 16 que promueve la paz, justicia e instituciones fuertes en todo el mundo.






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PRD Saluda Decisión De Establecer Relaciones Oficiales Con China Popular



SANTO DOMINGO,RD-- El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) saludó y aplaudió la decisión del Gobierno del presidente Danilo Medina de establecer relaciones diplomáticas con la República de China Popular.

En un breve comunicado de prensa emitido por la secretaría Nacional de Comunicaciones del PRD, indican que el presidente de ese partido y Canciller de la República, Miguel Vargas, se encuentra en estos momentos en la nación asiática.
"Nuestro presidente y Canciller, Miguel Vargas, se encuentra en esa nación firmando este transcendental acuerdo, tan esperado y fructífero para la economía y el afianzamiento de los intereses dominicanos en la geopolítica mundial", expresa la nota.
Dichas relaciones se están dando a conocer en un acto público que tiene lugar en estos momentos en la capital china, donde son horas de la mañana del martes.
República Dominicana es el segundo país con mayores relaciones comerciales con China en la región del Caribe.
Recordaron que, en noviembre del pasado año, el canciller Vargas y su homólogo chino Wang Yi, sostuvieron una reunión bilateral en el marco del 72 periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones unidas, donde se habrían dado los primeros pasos para profundizar dichas relaciones.
El PRD consideran que la oficialización de estas relaciones constituye un triunfo para la diplomacia dominicana.

Doble nacionalidad por iniciativa del doctor José Francisco Peña Gómez



Aunque muchas veces no se le da el carácter necesario al hecho de poseer la doble nacionalidad, es de gran importancia y facilita grandes beneficios porque a través de la misma las personas pueden: trabajar, estudiar, vivir y trasladarse de un país a otro sin ningún inconveniente. Es por ello que el doctor José Francisco Peña Gómez optó porque los dominicanos pudieran gozar de dichos privilegios, hoy gracias a él es un hecho.

La nacionalidad múltiple o ciudadanía múltiple es el estatus jurídico que disfrutan ciertos individuos, al ser reconocidos como nacionales simultáneamente por varios estados.
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La doble ciudadanía es la condición de ser ciudadano de dos naciones; también es llamada doble nacionalidad, siendo este estatus más común que el de nacionalidad múltiple. El derecho internacional no prohíbe a ninguna persona tener doble o múltiple ciudadanía.

La ciudadanía múltiple puede ser adquirida mediante el uso diferente entre dos o más naciones de sus leyes. Algunos países otorgan la ciudadanía automáticamente en el nacimiento cuando uno de los padres es un connacional (ius sanguinis) o cuando la persona nace en territorio nacional (ius soli). También es dada a las personas que se casan con alguno de sus coterráneos. Además, la ciudadanía de un país se puede adquirir a través de la naturalización.

La Constitución de la Republica, modificada en 1994 en su artículo 11 por iniciativa del Dr. José Francisco Peña Gómez, incluyó el tema de la doble nacionalidad para permitirle a un ciudadano dominicano optar por una nacionalidad de otro país sin perder la suya. En efecto, en el Párrafo IV del citado artículo se estableció lo siguiente:

“La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la nacionalidad dominicana. Sin embargo, los dominicanos que adquieran otra nacionalidad no podrán optar por la Presidencia o Vicepresidencia de la Republica”.

Dos años después de haberse modificado la Constitución de la República, en agosto de 1996, asumieron el Poder Ejecutivo el Dr. Leonel Fernández Reyna y Dr. Jaime David Fernández Mirabal.

En su primer gobierno, el presidente Fernández comenzó una campaña de concienciación en la comunidad dominicana residente en el exterior sobre la importancia de optar por la nacionalidad en los países donde residían legalmente y por ende cumplían los requisitos para dar ese paso sin temor a perder su nacionalidad de origen. La motivación fundamental del entonces presidente de la República era promover la inserción de nuestros nacionales dominicanos en las actividades políticas, al tener los derechos ciudadanos, entre ellos el de elegir y ser elegido.

La iniciativa del Dr. Peña Gómez aprobada por los congresistas de la época y promovida por el ex presidente de la República Dr. Leonel Fernández, fueron acciones correctas visto los resultados a través de los años. Recordemos que antes de la referida modificación constitucional de 1994, los dominicanos que adoptaban una nacionalidad distinta a la suya renunciaban ipso facto a la condición de ciudadano dominicano, perdiendo sus derechos como tales.

En el artículo 20 de la referida Constitución de 2010 se estableció lo siguiente:
“se reconoce a dominicanos y dominicanas la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera. La adquisición de otra Nacionalidad no implica la pérdida de la dominicana”.

Ahora bien, el párrafo único del citado artículo de nuestra Constitución vigente reza así:

“Los dominicanos que adopten otra nacionalidad, por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la presidencia y vicepresidencia de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida con 10 (diez) años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo. Sin embargo, podrán ocupar otros cargos electivos, ministeriales o de representación diplomática del país en el exterior y en organismos internacionales, sin renunciar a la nacionalidad adquirida”.

Mientras la modificación constitucional de 1994 permitió la doble nacionalidad aunque impedía a quienes optaran por hacerlo a postularse por los cargos de presidente y vicepresidente de la República, restricción evidentemente inconstitucional, pues cercenaba derechos fundamentales, la constitución votada en 2010 hizo la excepción en el sentido de que los dominicanos podrían optar por la presidencia y vicepresidencia de la República si renunciaban a la ciudadanía de otro país adoptada con 10 años anticipadamente a postularse para ocupar los principales cargos públicos.

En otras palabras, esto quiere decir que los dominicanos y las dominicanas interesados en participar en la actividad política, motivados a optar por la ciudadanía de los Estados Unidos, de la unión europea o cualquier otro país del mundo, tendrán la oportunidad de aspirar a la presidencia o vicepresidencia de la República siempre y cuando renuncien a la otra ciudadanía adoptada 10 años antes de postularse a los cargos públicos más importantes del país.

Como se puede apreciar, la doble nacionalidad, figura jurídica y política con rango constitucional, constituye un tema que debe ser analizado a partir de un enfoque incluyente que supere el lastre de la discriminación, en una época en la cual se aboga por la preservación de derechos fundamentales establecidos en una Constitución cuyo Artículo 7 define la República Dominicana como un Estado Social Democrático y de Derechos.

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