En estos días pensando en voz alta, y porque prohibir la reelección presidencial y no las reelecciones de alcaldes permeado de corrupción. Diputados y senadores acusados de diferentes delitos. Pero es más fácil tirar piedras al tejado ajenos que al nuestro.
Si el legislador hubiera estudiado el proyecto de reforma constitucional en el 2015, hoy la sociedad dominicana no había pasado por este problema político que hoy en día estamos viviendo con el tema de la reelección presidencial.
Si es cierto que el artículo 124 de nuestra carta Magna reza lo siguiente " Elección presidencial. El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el período constitucional siguiente".
También es cierto que en el Artículo 22 reza lo siguiente, "Derechos de ciudadanía. Son derechos de ciudadanas y ciudadanos: 1) Elegir y ser elegibles para los cargos que establece la presente Constitución; 2) Decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante referendo; 3) Ejercer el derecho de iniciativa popular, legislativa y municipal, en las condiciones fijadas por esta Constitución y las leyes; 4) Formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés público y obtener respuesta de las autoridades en el término establecido por las leyes que se dicten al respecto; 5) Denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desempeño de su cargo".
Aplicarle el nunca jamás al presidente Danilo Medina es una violación a sus derechos fundamentales como ciudadanos según estipula el artículo 22, de igual manera la reforma constitucional del 2015 no es aplicable al presidente de turno ya que el Artículo 110 habla de la Irretroactividad de la ley. La ley sólo dispone y se aplica para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté subjúdice o cumpliendo condena. En ningún caso los poderes públicos o la ley podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior.
Se debe corregir el artículo 124 de la constitución y prohibir la reelección de los presidentes, Ex presidente, senadores, Diputados y alcaldes. Que sea elegidos por un periodo de seis años y nunca jamás.
Becker E Márquez Bautista.
Ex militar y político
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