SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenaron a 10 años de prisión a Francisca Inmaculada Vidal Abreu (Mía), acusada por el Ministerio Público de provocar la muerte a su vecina Modesta Peñaló Cabrera en medio de una riña por viejas rencillas personales, ocurrida el pasado año en el sector Capotillo, del Distrito Nacional.
El tribunal, que preside la magistrada Keila Pérez Santana, adoptó la decisión luego de acoger en todas sus partes las pruebas periciales, documentales y testimoniales presentadas por la fiscal litigante Cinthia Bonetti, con las que demostró la responsabilidad penal de la acusada en el crimen.
Según el expediente instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional, el hecho se registró el 4 de mayo del año 2022, alrededor de las 4:00 de la tarde, cuando ambas mujeres se encontraron en la esquina formada por la calle Respaldo 38 con Doctor Betances, en el sector Capotillo, en momentos en que la hoy condenada regresaba a su casa en compañía de su esposo, quien presenta discapacidad.
Fue en esa equina donde las damas sostuvieron una acalorada discusión y luego se enfrascaron en una lucha corporal, cayendo ambas al suelo, momento que aprovechó Francisca Inmaculada para inferirle una estocada a Modesta Peñaló con un cuchillo que portaba la hoy occisa, hiriéndola mortalmente en el costado izquierdo.
La víctima fue auxiliada por algunos vecinos que la condujeron de urgencia al hospital Francisco Moscoso Puello, donde falleció.
Un día después del hecho, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) practicó una autopsia legal al cuerpo de Modesta Peñaló Cabrera, concluyendo los médicos que el cadáver presentaba una herida de arma blanca en la región dorsal izquierda, que le causó una lesión en una de las arterias, lo que a su vez le provocó una masiva hemorragia interna que le provocó la muerte.
El Ministerio Público estableció que la conducta de Francisca Inmaculada constituye el tipo penal de “Homicidio Voluntario, precedido por la excusa legal de la provocación”, previsto y sancionado por los artículos 295, 321 y 326 del Código Penal Dominicano y los artículos 86 y 87 de la Ley 631-16 que penaliza el uso ilegal de arma blanca.
La pena privativa de libertad impuesta a Francisca Inmaculada será cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo-Mujeres, en la provincia de San Cristóbal, donde actualmente se encuentra recluida la hoy condenada desde el momento en que se le impuso medida de coerción por el caso, consistente en prisión preventiva, según dispusieron los jueces en su sentencia.