Por Olga
Capellán.-
Se hace una necesidad de que el sistema judicial dominicano
salvaguarde la propiedad de la familia Roselló Blaya de Constanza, ante la situación que están atravesando,
luego que personas interesadas tratan de despojar a esa meritoria familia de
sus propiedades tras, más de 60 años, y
siendo pionero en la introducción de una gran variedad de hortalizas y de frutas exóticas que se producen en el país.
Don José Pascual (Pepe) Roselló llegó al país a mediado de
los años 50 desde España junto a un grupo de agricultores que vino a la
República Dominicana con la finalidad de dedicarse al cultivo, todos fueron
asentados en distintas partes del país, siendo Constanza la zona principal.
Aunque llegaron en la época de la dictadura trujillista, esto
no tuvo nada que ver con su condición de inmigrante, porque simplemente
llegaron a trabajar é hicieron del pueblo de Constanza su morada, trayendo al
país una variedad de árboles frutales (33 en su totalidad) nunca ante habiendo
existido en la República Dominicana, Este cultivo es de suma importancia para
la alimentación diaria, y gracias a Don Pepe Roselló, hoy el país goza de estos
frutos alimenticios, nutritivos y necesario para la salud ciudadana.
Estos árboles frutales que fueron traídos al país, después del
descubrimiento donde se habían introducidos pocas variedades a la isla en
materia de la horticultura de otros países, y gracias a la labor tesonera, la
integridad como seres humanos y de bien de esta gran familia, la República Dominicana hoy por hoy goza de
estos productos alimenticios, entre ellos: manzanas, uvas verdes, kiwis,
ciruelas, melocotón, fresas, nueces, alcachofas, y otras variedades agrícolas,
que solo son usuales en países de climas templados.
Don Pepe Roselló hizo de Constanza un territorio capaz de
generar gran parte de la horticultura que se consume en todo el país:
Su finca modelo productiva a más de 1,500 metros sobre el
nivel del mar, específicamente en el Valle de Constanza donde se asentó desde
su llegada al país en el año 1955 desde España.
Tanto así, que a pesar de que Don Pepe Roselló desapareció
físicamente, pero el país conserva su herencia agro-productiva, quien enseñó a
los dominicanos a consumir hortalizas, traída de diversas partes del mundo para
ser cultivadas en el país.
Esta breve historia sobre la llegada de la familia Roselló
Blaya al Valle de Constanza donde se estableció para trabajar y enseñar a
cultivar la tierra, hoy a más de un año de su fallecimiento, Don José Pascual
Roselló, dejó un gran legado a la República Dominicana, razón por la cual se
hace de sumo interés y casi una obligación que el Estado dominicano a través de
la justicia se preserve su legado, su tesonera labor y su patrimonio, en señal
de agradecimiento a sus méritos.
Veamos un poco de historia
De acuerdo a lo informado por los herederos de la familia
Roselló Blaya, el problema se generó por un pequeño préstamo que había solicitado
a un acreedor, firmando el documento contestario, pero que el monto del dinero
nunca se hizo efectivo, razón por la cual dicha familia alega haber sido
estafada.
Propiedades de la familia de la cual pretenden despojar
El Estado Dominicano cedió a la familia Roselló Blaya, a
través del Instituto Agrario Dominicano (IAD) tres porciones de terrenos,
basado en la Ley 339 de fecha 22 de Agosto de 1968 y la Ley 472 de 1964 que
establece que dicho inmueble se consideraban constituidos en Bien de la familia Roselló Blaya de pleno derecho,
conforme a la Ley 1024 del 24 de Octubre de 1928, que instituye el régimen de
Bien de Familia para los inmuebles, modificada por la Ley 5610 del 25 de Agosto
de 1961.
Señalan además que nunca se levanto el status de Bien de Familia
por sentencia de la Jurisdicción Civil, que es la única manera contemplada en
la Ley de que dicho status se pierda, según atestiguan Jurisprudencias
Dominicanas constantes de más de 50 años; y conforme a dicho status de Bien de Familia, estos
bienes no están en el mercado y son inenajenables, inembargables é
inhimpotecables.
Además dichas leyes de orden público, la protección del bien
de Familia está constitucionalizada como derecho fundamental en el Artículo
55.2 de la Carta Magna Dominicana y lo consagra como inalienable é imbargable.
De acuerdo a lo expuesto por la familia Roselló, esto se
encuentran en una litis y la sentencia
108/2012 del Tribunal Superior Administrativo del 30 de Noviembre del
2012, ordenó suspender el acto No.1325/2012 de fecha 16 de Julio del 2017 a
requerimiento del Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, Lic.
Fernando Quezada García, pero una nueva vista tendrá lugar el próximo día 17
del corriente mes.
Dada esta situación y el legado dejado por el señor José Pascual
Roselló, en esta isla, quien recibió también numerosos reconocimientos tanto
del gobierno de España, así como del dominicano, al merito por su labor y pionero en introducir esta gama agrícola y
sus aportes técnicos y científicos para la modernización agrícola del Valle de
Constanza y para todo el país, se hace necesario que la justicia dominicana
pondere este caso a favor de dicha familia.
Por último: el contenido de este trabajo periodístico es exclusivo
de la familia, donde se recogen las opiniones de los herederos Roselló Blaya.
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